Tema 1: Derecho de las Nuevas Tecnologías y Regulación de la Profesión
📝 Resumen Ejecutivo
Esta sesión establece las bases normativas de la ingeniería informática. Se diferencia entre el uso de la informática como herramienta jurídica (Informática Jurídica) y la regulación de la tecnología en sí (Derecho Informático). El núcleo de la clase aborda cómo la tecnología ha permeado todas las ramas del derecho (laboral, penal, mercantil) y detalla la responsabilidad profesional (civil, penal y ética) del ingeniero.
🔑 Conceptos Clave (Glosario Rápido)
- Informática Jurídica: Aplicación de la tecnología para optimizar procesos legales y administrativos (ej. pedir un certificado online).
- Derecho Informático: Rama jurídica que regula las TICs como elemento esencial (ej. Ley de firma electrónica).
- Deontología: Conjunto de deberes y normas éticas aplicadas específicamente a una profesión.
- Responsabilidad Extracontractual: Obligación de reparar un daño causado a un tercero con el que no se tenía contrato previo (ej. violar derechos de autor de una foto en una web de un cliente).
📚 Desarrollo del Temario
1. El Derecho y su Adaptación Tecnológica
El profesor define el Derecho como un conjunto de normas obligatorias, coercitivas (tienen sanción si no se cumplen) y evolutivas.
- El problema de la evolución: La norma siempre va por detrás del avance tecnológico. Un ejemplo histórico es cómo las normas de tráfico cambiaron con la velocidad de los coches; ahora ocurre con la IA y los datos [transcripción].
- ¿Sujetos del derecho? Tradicionalmente, las normas se aplican a las personas.
- ¡OJO AL DATO!: Se plantea la duda jurídica actual sobre si los robots o la IA pueden ser sujetos de delito o responsabilidad, especialmente cuando actúan de forma autónoma.
2. Clasificación: Informática Jurídica vs. Derecho Informático
Es vital distinguir estos tres conceptos para el examen:
A. Informática Jurídica
Es la informática al servicio del derecho. No regula la tecnología, sino que la usa como herramienta. * Administración interna/ciudadana: Relación con la administración pública (e-government). * > Ejemplo de clase: Antes ibas a la ventanilla del ayuntamiento a por un papel. Ahora te autenticas con el móvil y descargas el certificado digitalmente. La informática es el medio, no el fin [transcripción].
B. Derecho Informático
Es la rama que regula aquellos aspectos donde la tecnología es el componente esencial. * Ejemplos: Regulación de páginas web (LSSICE), Firma electrónica, Protección de datos. *
C. Derecho de las Nuevas Tecnologías
Normativa para nuevas realidades sociales donde impera el factor tecnológico disruptivo. * Ámbitos: Robótica, Inteligencia Artificial, Metaverso, Gamers (laboralmente no regulados como tal).
3. La Transversalidad del Derecho Informático
El profesor enfatiza que la informática ya no es un "silo". Afecta a ramas tradicionales que antes no eran tecnológicas.
| Rama del Derecho | Impacto Tecnológico (Ejemplos de clase) |
|---|---|
| Laboral | Teletrabajo y control horario/biométrico. ¿Cómo se ficha digitalmente? |
| Mercantil | Factura electrónica (obligatoria próximamente) y contabilidad digital homologada para evitar alteraciones. |
| Penal | Blanqueo de capitales: Antes era llevar una maleta con billetes a Suiza. Ahora es suplantación de identidad y transferencias digitales [transcripción]. |
| Agrario | Cría de ganado: Ahora se exige trazabilidad con QR y registros informáticos de los animales [transcripción]. |
4. Ética, Moral y Deontología
Se establece una jerarquía en el comportamiento profesional:
- El problema de la "Sala de Informática": Se cita a Donn Parker: "Cuando la gente entra a la sala de informática, parece que dejan la ética fuera".
- Deontología: Son los principios de buenas prácticas (integridad, secreto, compañerismo) dictados por colegios profesionales (CPIICM, CPIIA).
- Accesibilidad como Ética: > Ejemplo de clase: Desarrollar una web para pedir cita en una peluquería. Si la interfaz es compleja, estás excluyendo a personas mayores. Éticamente (y legalmente en administración pública), el software debe ser accesible (personas sordas, daltónicas, brecha digital) [transcripción].
- Minimización de Datos (Ética vs Legal): > Ejemplo de clase: Un formulario para pedir una ayuda para ventanas no debería preguntar "¿Estás casado?". Aunque la ley no lo prohíba explícitamente en ese instante, éticamente es una invasión de privacidad innecesaria [transcripción].
5. Responsabilidad del Profesional Informático ⚠️ (Punto Crítico)
El informático asume responsabilidades por sus actos o por sus omisiones (negligencia).
A. Responsabilidad Civil
Busca reparar un daño (generalmente económico). 1. Contractual: Tienes un contrato firmado (o acuerdo verbal/email) y no cumples los plazos o requisitos. 2. Extracontractual: Causas daño a alguien con quien no tienes contrato. * > Ejemplo de clase: Haces una web para un cliente y usas una foto "bajada de Google". El dueño de la foto te demanda a ti o a tu cliente. No tenías contrato con el fotógrafo, pero tienes responsabilidad extracontractual por violar su propiedad intelectual [transcripción].
B. Responsabilidad Penal
Implica la comisión de delitos (descubrimiento y revelación de secretos, daños informáticos). * Cómplice necesario: No hace falta que tú robes los datos. * > Ejemplo de clase: Si un administrador de sistemas deja los puertos abiertos o quita el firewall por pereza/comodidad y un tercero entra y roba datos, el informático puede tener responsabilidad penal por falta de medidas de seguridad (cooperador necesario) [transcripción]. * El desconocimiento: Ser "malo" en tu trabajo o desconocer que un puerto abierto es peligroso no exime de culpa a un profesional (pericia profesional exigible) [transcripción].
C. Secreto y Confidencialidad
- Acuerdos de Confidencialidad (NDA): Responsabilidad contractual explícita.
- Deber de Secreto Profesional: Existe aunque no firmes nada. Por tu profesión accedes a datos sensibles.
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Ejemplo de clase: Si trabajas para un futbolista famoso y ves sus datos médicos/financieros, no puedes contarlo en el bar con amigos. Es revelación de secretos aunque no tengas NDA firmado [transcripción].
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6. Diferencia Derecho Público vs. Privado (Duda de alumno)
- Derecho Público: Regula la relación entre Ciudadano y Administración (ej. pedir una subvención, oposiciones, multas) [transcripción].
- Derecho Privado: Regula la relación entre Particulares (ej. comprar unas zapatillas en El Corte Inglés, contrato entre dos empresas) [transcripción].
🧐 Preguntas de Autoevaluación
- ¿Cuál es la diferencia fundamental entre Informática Jurídica y Derecho Informático?
- Respuesta: La Informática Jurídica usa la tecnología como herramienta para el derecho (trámites), mientras que el Derecho Informático regula la tecnología en sí misma (leyes de software, datos).
- Si un ingeniero informático utiliza una librería de código protegida sin licencia en la web de un cliente, ¿qué tipo de responsabilidad civil afronta frente al autor del código?
- Respuesta: Responsabilidad Civil Extracontractual, ya que no tiene contrato con el autor del código, pero le ha causado un perjuicio.
- ¿Es necesario firmar un acuerdo de confidencialidad para estar obligado a guardar secreto sobre los datos de un cliente?
- Respuesta: No. El deber de secreto profesional y la normativa de protección de datos obligan a la confidencialidad per se, independientemente de los acuerdos firmados.
- ¿Puede un informático tener responsabilidad penal si no "hackea" nada activamente?
- Respuesta: Sí, por omisión de medidas de seguridad o negligencia grave (ej. dejar puertos abiertos) que facilite la comisión de un delito por un tercero.